Con la finalidad de proseguir con las actividades comerciales y hacer frente a los acontecimientos causados por el Covid- 19, el mayorista Deltron y la marca Epson Perú han elaborado una iniciativa con la finalidad de presentarlo a la Cámara de Comercio de Lima y hacer viable la distribución de equipos informáticos durante el estado de Emergencia Sanitaria. Una buena iniciativa que vale la pena ser estudiada, ampliada y de ser acogida por el ejecutivo, beneficiará a miles de connacionales. Esperemos la CCL le ponga el ímpetu necesario y vele por los intereses de sus asociados. Hace tiempo que no se hace una.
Proyecto de Ley
AUTORIZACION DE VENTA DE EQUIPOS INFORMATICOS, DE TELECOMUNICACIONES, Y ANALOGOS, POR INTERNET, CON AUTORIZACION PARA SU ENTREGA FISICA A DOMICILIO, DURANTE EL ESTADO DE EMERGENCIA – COVID 19 DS. Nº 044-2020-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que mediante los artículos cuarto y séptimo del DS. Nº 044-2020-PCM se han establecido limitaciones al ejercicio del derecho a la libertad de tránsito de las personas, así como restricciones en el ámbito de la actividad comercial.
Que, de otro lado, mediante decreto de urgencia No. 026-2020 y D.S- 010-2020-TR se han establecido normas sobre el trabajo remoto, el mismo que es prestado por la población laboral mediante medios informáticos, de telecomunicaciones o análogos.
Que el Articulo 23 de la Constitución Política del Perú establece que el trabajo, en sus diversas modalidades, es objeto de atención prioritaria del Estado.
Que asimismo la población durante el periodo de estado de emergencia establecido a nivel nacional hace uso de medios informáticos, de telecomunicaciones y análogos para las actividades educativas, informativas y de comunicación familiar, siendo una actividad esencial de la población que debe ser atendida.
SE RESUELVE:
Artículo Primero:
Se amplía como actividad comercial esencial permitida, dentro del ámbito establecido por el artículo séptimo del Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM, la venta por internet de piezas, partes, repuestos y equipos, informáticos, de telecomunicaciones y análogos.
Artículo Segundo:
Se autoriza para que las piezas, partes, repuestos y equipos, informáticos, de telecomunicaciones y análogos comprados por la población, vía internet, sea entregada, exclusivamente en sus respectivos domicilios por vehículos de transporte de carga y mercancía, debidamente autorizados para tal efecto, por las autoridades correspondientes, a que se refiere el artículo 9.3 del DS. Nº 044-2020-PCM.
3 Comentarios
Carlos Pacheco
Estamos a la espera que se concrete para lanzar los pedidos
Sergio Marfurt
Estimado,
Esto ha sido anunciado ya por la presidencia de la republica? Porque asi como lo escriben (en formato de DS) genera confusiones en el canal de distribucion pues lo estan interpretando como si ya fuera algo aprobado.
Sugiero aclarar que es una iniciativa aun no aprobada
Gracias
administrador
Totalmente cierto lo que señala, es una iniciativa que aún no ha sido aprobada. Esperemos siga los canales correspondientes y llegue a buen puerto. Otros interesados de la industria nos dice que es una muy buena iniciativa
América Sistemas