La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) anunció que el otorgamiento de poderes por personas naturales podrán ser inscritos de manera electrónica a través del SID-Sunarp, lo cual garantizará la autenticidad del parte notarial firmado de manera digital por un notario a nivel nacional.
SID-SUNARP OTORGA PODERES CON FIRMA DIGITAL
Nuevo beneficio para personas naturales es posible gracias a la ampliación del servicio de presentación electrónica del Sistema de Intermediación Digital de la Sunarp
(americasistemas.com.pe. Lima, Perú – 19 de agosto de 2015) La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) anunció que el otorgamiento de poderes por personas naturales podrán ser inscritos de manera electrónica a través del SID-Sunarp, lo cual garantizará la autenticidad del parte notarial firmado de manera digital por un notario a nivel nacional.
De esta manera, se evitará la falsificación de instrumentos públicos sobre otorgamiento de poderes, debido a que no se usará papel en el proceso registral sino que se realizará de manera virtual empleando la firma digital.
El poder es un documento público autorizado por un notario que permite a una persona nombrar a otra como su representante para que actúe en su nombre en determinados actos jurídicos.
En sus inicios, el Sistema de Intermediación Digital (SID-Sunarp) permitía la inscripción registral de las micro y pequeñas empresas solo en Lima. Gracias a la Resolución N°179-2015-SUNARP/SN el servicio se amplía al ámbito nacional y además se incorpora el otorgamiento de poderes para su inscripción en el Registro de Personas Naturales.
Para ello, es necesario que los notarios cuenten con el certificado digital otorgado por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) y con una cuenta en el Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL), además de estar inscritos en el SID-Sunarp.
Para hacer uso de este servicio el ciudadano deberá seleccionar la notaría de su preferencia que se encuentre inscrita al SID-Sunarp, a fin que el notario se encargue de presentar la solicitud de manera virtual a la Sunarp. El ciudadano a través de este sistema ya no tiene que acercarse a ninguna oficina de la Sunarp.
Solo los notarios podrán enviar el parte notarial de manera virtual a la Sunarp bajo estándares de seguridad. Luego, la Sunarp notificará el resultado de la solicitud al correo electrónico del ciudadano y del notario.
La lista de notarías afiliadas a este sistema se puede encontrar en aquí, en la opción “Notarías afiliadas al SID-Sunarp” del Módulo Informativo.
BENEFICIOS DEL SID-SUNARP PARA EL PAÍS
- Impulso de la economía peruana: Promueve la constitución de empresas.
- El usuario ya no tendrá que desplazarse hacia una oficina de la Sunarp para realizar sus trámites, ahorrando tiempo y costos de traslado por tratarse de un servicio en línea.
- Se evitará casos de falsificación de documentos, debido a que todo el trámite es virtual, no se usa papel y con firma digital.
- Contribuye a la preservación del medio ambiente ya que el trámite se realiza de manera virtual sin el uso del papel.